sábado, 26 de diciembre de 2009

Enero (2010): Novedades Resumen Anual de retenciones (Modelo 190).

Modelo 190

Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta.

Novedades en el contenido

  1. Nueva exigencia de información

    Indicación de si el perceptor ha comunicado que ha destinado cantidades para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual utilizando financiación ajena.

  2. Nuevos datos adicionales para completar la información sobre descendientes

    Indicación de la proporción, por entero o por mitad, en la que han sido computados cada uno de los tres primeros hijos y descendientes del perceptor para determinar el tipo de retención.

  3. Nueva hoja interior específica para declaraciones complementarias por modificación o anulación de datos concretos.

Novedades en la gestión

  1. Se reordenan y unifican las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática del modelo 190.
  2. Se eleva de 50.000 a 5.000.000 el número de registros que pueden contener las declaraciones que se presentan a través de Internet.
  3. La presentación del modelo 190 en soporte directamente legible por ordenador (DVD) se restringe a las que contengan más de 5.000.000 de registros.
  4. Regulación de los cauces de subsanación de errores y omisiones advertidos por el declarante: declaraciones complementarias y sustitutivas:
    • Declaraciones complementarias para la inclusión de nuevas percepciones no declaradas anteriormente o para la modificación o anulación de datos concretos anteriormente declarados que subsistirán en la parte no afectada.
    • Declaraciones sustitutivas para anular completamente alguna de las percepciones previamente declaradas. La declaración sustitutiva reemplaza íntegramente a la anterior.
  5. Regulación del procedimiento de subsanación de errores detectados por la Administración a través de la Oficina Virtual previamente al requerimiento formal.

Entradas relacionadas:

0 comentarios:

Tu comentario será moderado la primera vez que lo hagas al igual que si incluyes enlaces. A partir de ahi no ser necesario si usas los mismos datos y mantienes la cordura. No se publicarán insultos, difamaciones o faltas de respeto hacia los lectores y comentaristas de este blog.