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jueves, 1 de octubre de 2009

El mapa concursal (a septiembre ) de 2009.

Los concursos de acreedores siguen creciendo y se espera que lleguen a seis mil a final de año. A finales de septiembre se ha superado los 4.900, superando en más del 50% los registrados en 2008, según publica el Baremo Concursal de PwC correspondiente al tercer trimetre.

Si se compara los datos de los 9 primeros meses de cada año, el crecimiento en 2009 ha sido de un 161% respecto al mismo periodo (nueve meses) del año anterior, mientras que la comparativa del tercer trimestre con respecto al año anterior muestra un incremento del 83%.
De continuar esta tendencia, será fácil que nos acerquemos a 6.000 concursos en 2009, habiendo prácticamente superado incluso las previsiones del CGPJ, que proyectó 4.738 concursos para 2009.

Los aspectos más relevantes según PwC, responsable del informe serían:
  • Por zonas geográficas, el mediterráneo y el centro siguen siendo las más activas en publicación de concursos.
  • Sólo las provincias de Barcelona, Madrid y Valencia registran el 41% de los concursos publicados en 2009.
  • Los sectores de construcción e inmobiliario siguen siendo las estrellas concursales dentro del conjunto de casos, aunque pierden peso específico pasando de suponer un 39% de los concursos de 2008 a un 34% de todos los procedimientos incoados en 2009.
  • En estos primeros meses, varios son los sectores que crecen por encima de la media. Los concursos de personas físicas han pasado ya a suponer un 20% de los casos, llegando a la cifra de 848 casos en 2009. La crisis en 2009 está cebándose con los sectores industriales, la automoción y la distribución. Estos tres sectores vivieron 641 concursos en 2008 y sólo en los nueve primeros meses han crecido hasta 1.060 procedimientos, en una clara señal de que la disminución del consumo se hace notar en el sector industrial. Las empresas concursadas son muchas más y de menor tamaño.
  • Crece considerablemente el número de compañías concursadas con activo inferior a 2 millones de euros.
  • También ha disminuido en términos relativos el número de empresas concursadas con un número deempleados que oscila entre 50 y 250 (supusieron el 11% en 2008 frente al 9% este año). Esta disminución se compensa por el incremento de las compañías con menos de 50, que pasan del 71% al 81% del total de los concursos Sin embargo, dado el gran número de concursos registrados, el total de empleados de las compañías concursadas en 2009 suma ya más de 80.000, lo que supone un incremento del 23% respecto al 2008.
La disminución del tamaño de los concursos, según PwC, es una muestra de que la moratoria concursal de cuatro meses está siendo utilizada fundamentalmente por compañías medianas o grandes. Aunque aún sea pronto para sacar conclusiones, parece que la moratoria no está siendo el instrumento utilizado para la consecución de convenios anticipados, que siguen siendo difíciles de ver (47 desde la entrada en vigor de la Ley, de los cuales, 5 en 2008 y 10 en los primeros 6 meses de año, según datos del INE). Más bien parece que la moratoria está siendo utilizada como un plazo adicional para negociar con los acreedores, para comprar tiempo que en la mayoría de los casos lo que consigue es simplemente llegar más tarde al concurso, con la consecuencia de alargar más aún el procedimiento y el deterioro de la propia actividad en detrimento de su viabilidad.


Imagen: dreamstime.

sábado, 21 de febrero de 2009

La empresa: bancos, deudas y concursos de acreedores.

Que empresa, bancos y deudas son una combinación común en la gestión económica-financiera de una empresa resulta muy evidente. No obstante, a veces, los términos de la citada combinación no son los más adecuados y resulta que la relación se hace difícil de gestionar, llegando a desequilibrios financieros que pueden poner en peligro la viabilidad de la empresa. Una solución a esta situación puede venir a través de la Ley Concursal que regula los concursos de acreedores.

¿Cuándo se debe acudir al concurso de acreedores?

Con la citada legislación las empresas con problemas de liquidez deben presentar voluntariamente un concurso antes de que se agoten todos sus activos y dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia, esto es cuando se cumplan los siguientes supuestos: 

  • Cuando no disponga de bienes suficientes para atender una ejecución de embargo, ante la existencia de embargos.
  • Ante la existencia de embargos que afecten de manera general a su patrimonio.
  • En situaciones de impagados durante tres meses de las obligaciones tributarias o de las cuotas a la Seguridad Social.

No obstante, los cuatro años de aplicación de la Ley Concursal pone de manifiesto que esta no es la solución que buscan las empresas, puesto que la gran mayoría de las empresas que entran en concurso de acreedores acaban en liquidación.

Es conocido que al solicitar el concurso el deudor podrá optar, dependiendo de cómo sea su crisis empresarial, por diversas soluciones. Estas soluciones de concurso previstas en la Ley son el convenio y la liquidación, concediendo la Ley al deudor la facultad de optar por una de las dos soluciones. Si se opta por el convenio éste necesitará la aprobación judicial, no produciendo dicha aprobación la conclusión del concurso, sino que éste concluirá con el cumplimiento del mismo. También podrá optar por una solución liquidadora del concurso, pero tendrá el deber de solicitar la liquidación cuando durante la vigencia de un convenio conozca la imposibilidad de cumplir los pagos comprometidos y las obligaciones contraídas con posterioridad a su aprobación. 

¿Por qué el concurso de acreedores se convierte en la antesala de la liquidación de la empresa?

Probablemente sea un conjunto de factores que generan esta situación. No obstante, consideramos con especial incidencia los que siguen:

  • El desequilibrio entre procesos concursales y recursos para su gestión en los juzgados, con plazos interminables.
  • La rigidez de la normativa y su poca adaptación a los requerimientos actuales.
  • La ausencia de expectativas de solución.
Actualmente está  en proceso de reforma la Ley Concursal orientada, por lo apuntado por la prensa, a  eliminar las incertidumbres en entidades financieras que aceptan refinanciar las deudas y que, en la actualidad, podría ser impugnada  y, en caso, de ser anulada por el juez colocar a las citadas entidades en situación complicada en relación al devenir de sus créditos. La solución que se espera es la de evitar que las refinanciaciones puedan ser anuladas.

Pero las cuestiones que nos preocupa, en estos momentos,son:
  • ¿Se adaptará la normativa a las necesidades actuales?
  • ¿Seguirá siendo el proceso concursal una tumba para las empresas que se ven obligadas a solicitarlo?
  • ¿Se acortarán los plazos?
  • ¿Se adecuarán los recursos necesarios?
Son muchas cuestiones para una reforma que me temo que podría convertirse, de nuevo, sólo en una concesión a las entidades financieras.