Domiciliación del importe a ingresar Solicitud de anotación en cuenta corriente tributaria Solicitud de aplazamiento o fraccionamiento Reconocimiento de deuda con solicitud de compensación Declaración con resultado a deducir Normativa: Presentación TelemáticaModelo 130
IRPF. Actividades económicas en estimación directaInstrucciones
Presentación e ingreso
- Cantidad a ingresar: La presentación e ingreso se realizará en cualquier entidad de depósito situada en territorio español que actúe como colaboradora en la gestión recaudatoria, para lo cual deberá disponer de las correspondientes etiquetas identificativas. Los contribuyentes acogidos al sistema de cuenta corriente en materia tributaria presentarán la declaración en la Delegación o Administración de Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal.
- Negativa: Si la cantidad consignada en la casilla 19 es negativa (con signo menos) y se trata de una declaración correspondiente a alguno de los trimestres 1.º, 2º o 3.º, marque con una “X” en el espacio reservado al efecto dentro del apartado “A deducir”. En este caso, el importe negativo de la casilla 19 podrá deducirse en cualquiera de los siguientes pagos fraccionados del mismo año cuyo importe positivo lo permita y el modelo 130 deberá presentarse en cualquier Delegación o Administración de la Agencia Tributaria, pudiendo asimismo enviarse por correo certificado dirigido a la Delegación o Administración de la Agencia Tributaria correspondiente al domicilio fiscal del declarante. Salvo que la presentación se realice personalmente en una Delegación o Administración de la Agencia Tributaria, a las declaraciones con resultado a deducir que no lleven adheridas las etiquetas identificativas deberá adjuntarse una fotocopia de la tarjeta o documento acreditativo del número de identificación fiscal del declarante.
- Complementaria: Se marcará una «X» en la casilla indicada al efecto cuando esta declaración sea complementaria de otra u otras declaraciones presentadas anteriormente por el mismo concepto y correspondientes al mismo ejercicio y período. En tal supuesto, se hará constar también en este apartado el número identificativo de 13 dígitos que figura preimpreso en la numeración del código de barras de la declaración anterior. De haberse presentado anteriormente más de una declaración, se hará constar el número identificativo de la última de ellas.
Plazo de presentación
El modelo 130 deberá presentarse en los plazos comprendidos entre los días 1 y 20, ambos inclusive, de los meses de abril, julio y octubre, en relación con los pagos fraccionados correspondientes, respectivamente, a los trimestres primero, segundo y tercero de cada año natural.
El plazo para efectuar la presentación del modelo 130 correspondiente al cuarto trimestre es el comprendido entre los días 1 y 30 del mes de enero del año natural inmediato siguiente.
Los vencimientos de plazo que coincidan con un sábado o día inhábil se considerarán trasladados al primer día hábil siguiente.
Fuente: AEAT
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