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sábado, 2 de enero de 2010

Modelos (IVA, Impuesto de Sociedades e IRPF) 2010.


Impuesto sobre el Valor Añadido

Los textos que se ofrecen en estas páginas están destinados a su uso como instrumento documental. La Agencia Tributaria no se hace responsable de su contenido. Estos textos no tienen validez jurídica alguna. Para fines jurídicos consulte los textos publicados en los Boletines y Diarios Oficiales. Para evitar eventuales errores, en los modelos que tienen disponible su descarga para internet, es necesario imprimir UNA SOLA COPIA DE CADA MODELO TRIBUTARIO descargado, con sus ejemplares correspondientes (contribuyente, sobre anual y entidad colaboradora) para efectuar cada declaración. Asimismo se recomienda no cumplimentar fotocopias del modelo impreso.

Instrucciones para la impresión de los modelos. (174kb)

  • 04 Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de aplicación del tipo del 4% a vehículos destinados a transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida.
  • 039 Comunicación de datos relativa al régimen especial del grupo de entidades en el impuesto sobre el valor añadido.
  • 303 Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación
  • 308 Solicitud de devolución régimen especial Recargo Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales.
  • 309 Declaración-Liquidación no periódica.
  • 310 Régimen Simplificado. Declaración-Liquidación Ordinaria.
  • 311 Régimen Simplificado. Declaración-Liquidación Final.
  • 322 Impuesto sobre el Valor Añadido. Grupo de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual.
  • 340 Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro.
  • 341 Solicitud de reintegro compensaciones en el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca.
  • 349 Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
  • 353 Impuesto sobre el Valor Añadido. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual.
  • 361 Solicitud de devolución por empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto.
  • 362 Solicitud de reembolso en el marco de las relaciones diplomáticas, consulares y de los Organismos Internacionales reconocidos por España.
  • 362 ExpoZaragoza 2008 IVA. Solicitud de reembolso en el marco del Acuerdo sobre Privilegios y ventajas referidas a la celebración de la Exposición Internacional “Zaragoza 2008″.
  • 363 Solicitud de reconocimiento previo de la exención en el marco de las relaciones diplomáticas, consulares y de los Organismos Internacionales reconocidos por España.
  • 363 ExpoZaragoza 2008 IVA. Solicitud de reconocimiento previo en el marco del Acuerdo sobre privilegios y ventajas referidos a la celebración de la Exposición Internacional “Zaragoza 2008″.
  • 367 Régimen especial servicios prestado por vía electrónica.Declaración trimestral.
  • 370 Régimen General y Simplificado. Declaración trimestral ordinaria.
  • 371 Régimen General y Simplificado. Declaración trimestral final.
  • 380 Declaración-Liquidación en operaciones asimiladas a las importaciones.
  • 390 Declaración resumen anual I.V.A.
  • Modelos vigentes en ejercicios anteriores

Impuesto sobre Sociedades

Para evitar eventuales errores, en los modelos que tienen disponible su descarga para internet, es necesario imprimir UNA SOLA COPIA DE CADA MODELO TRIBUTARIO descargado, con sus ejemplares correspondientes (contribuyente, sobre anual y entidad colaboradora) para efectuar cada declaración. Asimismo se recomienda no cumplimentar fotocopias del modelo impreso.Los textos que se ofrecen en estas páginas están destinados a su uso como instrumento documental. La Agencia Tributaria no se hace responsable de su contenido. Estos textos no tienen validez jurídica alguna. Para fines jurídicos consulte los textos publicados en los Boletines y Diarios Oficiales.

Instrucciones para la impresión de los modelos. (174kb)

  • 115 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • 117 I.R.P.F. Impuesto sobre Sociedades. I.R.N.R. Retención e ingreso a cuenta.Rentas procedentes de transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva.
  • 123 I.R.P.F. Impuesto sobre Sociedades. I.R.N.R. (establecimientos permanentes). Retención e ingreso a cuenta.Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas.
  • 124 Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos. Retenciones e ingresos a cuenta.
  • 126 Declaración-documento de ingreso. Rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.
  • 128 Declaración-Documento. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedente de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • 180 Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual.
  • 182 Declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas.
  • 184 Entidades en régimen de atribución de rentas.Declaración informativa anual.
  • 187 Declaración informativa y de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta por operaciones de adquisición y enajenación de acciones y participaciones.
  • 188 Resumen anual. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • 192 Declaración anual en soporte magnético de operaciones con Letras del Tesoro.
  • 193 Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas. Resumen anual.
  • 194 Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos. Resumen anual.
  • 196 Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta en relación con las ventas o rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.
  • 198 Declaración anual de Operaciones con Activos Financieros y otros valores mobiliarios.
  • 200I mpuesto sobre Sociedades. Declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español).
  • 201 Impuesto sobre Sociedades. Declaración-liquidación simplificada del Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes).
  • 202 Impuesto Sociedades. Pago fraccionado régimen general.
  • 206 Documento de ingreso o devolución del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en terriorio español).
  • 218 Impuesto Sociedades. Pago fraccionado. Grandes Empresas.
  • 220 Impuesto Sociedades. Declaración-liquidación del Impuesto sobre Sociedades-Régimen de tributación de los grupos de sociedades.
  • 222 Pago fraccionado Régimen de Tributación de los Grupos de Sociedades.
  • 225 Documento de ingreso o devolución del Impuesto de Sociedades (Sociedades Patrimoniales).

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Para evitar eventuales errores, en los modelos que tienen disponible su descarga para internet, es necesario imprimir UNA SOLA COPIA DE CADA MODELO TRIBUTARIO descargado, con sus ejemplares correspondientes (contribuyente, sobre anual y entidad colaboradora) para efectuar cada declaración. Asimismo se recomienda no cumplimentar fotocopias del modelo impreso.Los textos que se ofrecen en estas páginas están destinados a su uso como instrumento documental. La Agencia Tributaria no se hace responsable de su contenido. Estos textos no tienen validez jurídica alguna. Para fines jurídicos consulte los textos publicados en los Boletines y Diarios Oficiales.

Instrucciones para la impresión de los modelos. (174kb)

  • 100 Documento de ingreso o devolución de la declaración ordinaria y simplificada.
  • 102 Documento de ingreso del segundo plazo de la declaración simplificada y ordinaria.
  • 110 Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, de actividades agrícolas y ganaderas y premios. Declaración – documento de ingreso.
  • 111 Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo, de actividades profesionales, de actividades agrícolas y ganaderas y premios.
  • 115 Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  • 117 I.R.P.F. Impuesto sobre Sociedades. I.R.N.R. Retención e ingreso a cuenta. Rentas procedentes de transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva.
  • 123 I.R.P.F. Impuesto sobre Sociedades. I.R.N.R. (establecimientos permanentes). Retención e ingreso a cuenta. Determinados rendimientos del capital mobiliario o determinadas rentas.
  • 124 Rentas y rendimientos del capital mobiliario derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier tipo de activo representativos de la captación y utilización de capitales ajenos. Retenciones e ingresos a cuenta.
  • 126 Declaración-documento de ingreso. Rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.
  • 128 Declaración-Documento. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedente de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • 130 Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Directa. Declaración – Liquidación.
  • 131 Pago fraccionado. Empresarios y profesionales en Estimación Objetiva. Declaración – Liquidación.
  • 140I RPF. Deducción por maternidad. Abono anticipado de la deducción.
  • 141 Modelo de Comunicación del Nacimiento o Adopción de Hijos
  • 145 IRPF. Retenciones sobre rendimientos del trabajo. Comunicación de datos al pagador (art. 86 del Reglamento del IRPF).
  • 146 IRPF. Pensionistas con dos o más pagadores. Solicitud de determinación del importe de las retenciones.
  • 147 Comunicación del desplazamiento a territorio español efectuado por trabajadores por cuenta ajena.
  • 149 Régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español. Comunicación de la opción, renuncia o exclusión.
  • 150 Régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español.
  • 156 Cotizaciones de afiliados y mutualidades a efectos de la deducción por maternidad. Declaración informativa anual.
  • 180 Retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos. Resumen anual.
  • 181 Declaración informativa de préstamos hipotecarios concedidos para la adquisición de viviendas.
  • 182 Declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas.
  • 183 Declaración informativa de determinados premios exentos del Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas.
  • 184 Entidades en régimen de atribución de rentas. Declaración informativa anual.
  • 185 Declaración informativa mensual de los órganos y entidades gestores de la Seguridad Social y Mutualidades.
  • 186 Suministro de información relativa a nacimientos y defunciones.
  • 187 Declaración informativa y de resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta por operaciones de adquisición y enajenación de acciones y participaciones.
  • 188 Resumen anual. Retenciones e ingresos a cuenta. Rentas o rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez.
  • 190 Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. Rendimientos del trabajo de determinadas actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta. Sólo para emplear como carátula para acompañar soporte magnético cuando el nº de registros de la declaración supere el límite establecido para su presentación telemática.
  • 192 Declaración anual en soporte magnético de operaciones con Letras del Tesoro.
  • 193 Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas. Resumen anual.
  • 193 Simpificado Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinados rendimientos de capital mobiliario. Retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas. Resumen anual simplificado.
  • 194 Retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos del capital mobiliario y rentas derivadas de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capitales ajenos. Resumen anual.
  • 196 Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta en relación con las ventas o rendimientos del capital mobiliario obtenidos por la contraprestación derivada de cuentas en toda clase de instituciones financieras.
  • 198 Declaración anual de Operaciones con Activos Financieros y otros valores mobiliarios.
  • CCT Solicitud de inclusión en el sistema de cuenta corriente en materia tributaria.

viernes, 25 de septiembre de 2009

Utilidades (modelo 303) IVA 2009.

Resulta conocido que el nuevo modelo 303 se utiliza por los sujetos pasivos del impuesto con obligaciones periódicas de autoliquidación:
  • tanto si su período de liquidación coincide con el trimestre natural,
  • como si coincide con el mes natural,
  • excepto en el supuesto de las personas físicas o entidades que apliquen el Régimen especial simplificado, o en el supuesto de entidades que hayan optado por aplicar el Régimen especial del grupo de entidades, en cuyo caso presentarán los modelos de autoliquidación específicos aprobados al efecto para los citados regímenes especiales.
La presentación del nuevo modelo 303 de autoliquidación es obligatoria por vía telemática a través de Internet para aquellos sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el mes natural. En el supuesto de sujetos pasivos cuyo período de liquidación coincida con el trimestre natural, la presentación por vía telemática a través de Internet será potestativa, excepto para las entidades que tengan forma jurídica de sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada que deberán realizarla de forma obligatoria por vía telemática a través de Internet.

El modelo consta de los tres ejemplares siguientes:
  • Ejemplar para el sujeto pasivo.
  • Ejemplar para la Entidad colaboradora–AEAT.
  • Ejemplar para la Administración.

Modelo 303

IVA. Impuesto del Valor Añadido. Autoliquidación.Con certificado de usuario

Presentación del modelo 303Nueva ventana

Presentación por lotesNueva ventana

Sin certificado

Formulario del modelo 303 para su presentaciónNueva ventana

  • 04Impuesto sobre el Valor Añadido. Solicitud de aplicación del tipo del 4% a vehículos destinados a transportar habitualmente a personas con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida.
  • 039Comunicación de datos relativa al régimen especial del grupo de entidades en el impuesto sobre el valor añadido.
  • 303Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación
  • 308Solicitud de devolución régimen especial Recargo Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales.
  • 309Declaración-Liquidación no periódica.
  • 310Régimen Simplificado. Declaración-Liquidación Ordinaria.
  • 311Régimen Simplificado. Declaración-Liquidación Final.
  • 322Impuesto sobre el Valor Añadido. Grupo de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual.
  • 340Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro.
  • 341Solicitud de reintegro compensaciones en el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca.
  • 349Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.
  • 353Impuesto sobre el Valor Añadido. Grupo de entidades. Modelo agregado. Autoliquidación mensual.
  • 361Solicitud de devolución por empresarios o profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto.
  • 362Solicitud de reembolso en el marco de las relaciones diplomáticas, consulares y de los Organismos Internacionales reconocidos por España.
  • 362 ExpoZaragoza 2008IVA. Solicitud de reembolso en el marco del Acuerdo sobre Privilegios y ventajas referidas a la celebración de la Exposición Internacional "Zaragoza 2008".
  • 363Solicitud de reconocimiento previo de la exención en el marco de las relaciones diplomáticas, consulares y de los Organismos Internacionales reconocidos por España.
  • 363 ExpoZaragoza 2008IVA. Solicitud de reconocimiento previo en el marco del Acuerdo sobre privilegios y ventajas referidos a la celebración de la Exposición Internacional "Zaragoza 2008".
  • 367Régimen especial servicios prestado por vía electrónica.Declaración trimestral.
  • 370Régimen General y Simplificado. Declaración trimestral ordinaria.
  • 371Régimen General y Simplificado. Declaración trimestral final.
  • 380Declaración-Liquidación en operaciones asimiladas a las importaciones.
  • 390Declaración resumen anual I.V.A.
  • 392Declaración resumen anual I.V.A. grandes empresas.
  • Modelos vigentes en ejercicios anteriores

Cómo guardar un documento en PDF. Importación y exportación.Documento pdf en ventana nueva (1102 Kb)

Instrucciones para la impresión de los modelos.Documento pdf en ventana nueva (174kb)


Fuente: Agencia Tributaria.

Entradas relacionadas:

martes, 30 de junio de 2009

La Agencia Tributaria Informa (IVA 2009): devoluciones al final del período de liquidación.

PREGUNTA:¿Quién tiene derecho a obtener la devolución con periodicidad mensual?

RESPUESTA:

Los sujetos pasivos que reúnan determinados requisitos, pueden obtener la devolución del saldo del IVA a su favor al final de cada período de liquidación.

A estos efectos es precisa la inscripción en el registro de devolución mensual (modelo 036) de aquellos sujetos pasivos que, estando al corriente de las obligaciones tributarias, no realicen actividades en régimen simplificado del IVA.

La solicitud de inscripción se presentará en el mes de diciembre del año anterior a aquel en el que deba surtir efectos la inscripción, lo que obligará a permanecer en el registro durante 1 año.

También puede solicitarse la inscripción fuera de este plazo, en cuyo caso la solicitud surte efectos desde el período de liquidación siguiente, obligando la inscripción a permanecer en el registro el año de la solicitud y el siguiente.


PREGUNTA:¿Cuándo y en qué modelo se presenta la solicitud de devolución mensual?

RESPUESTA:

Una vez inscrito en el registro de devolución, el período de liquidación es mensual cualquiera que sea el resultado de la liquidación.

Se presentará la liquidación en el Modelo 303, por vía telemática, en el que se hará referencia a esta inscripción, del 1 al 20 del mes siguiente a cada período de liquidación mensual, salvo la declaración del mes de julio que puede presentarse desde el 1 de agosto hasta el 20 de septiembre, y la del mes de diciembre, que puede presentarse del 1 al 30 del mes de enero.


PREGUNTA:Una vez inscrito en el registro de devolución mensual ¿es necesario cumplir alguna obligación formal?

RESPUESTA:
Al margen de presentar las declaraciones-liquidaciones en el Modelo 303 con periodicidad mensual, deberán presentar con la misma periodicidad una declaración informativa con el contenido de los libros registro, Modelo 340. Ambas declaraciones se presentarán por medios telemáticos.

jueves, 7 de mayo de 2009

La devolución mensual del IVA (2009).

El procedimiento general de devolución que ha estado vigente hasta el 1 de enero de 2009, permitía la solicitud de devoluciones al final de cada período de liquidación a un grupo reducido de sujetos pasivos (grandes empresas, exportadores, exportadores grandes empresas). En el resto de los casos, las solicitudes de devolución quedaban diferidas a la declaración que debía presentarse en el último período de liquidación, es decir, a final de año.


En el nuevo sistema, el régimen general de devoluciones (solicitud a final de año del saldo pendiente) se mantiene invariable, coexistiendo con un nuevo régimen que dispone la posibilidad, para aquellos contribuyentes que opten por ello, de aplicar un sistema de devolución mensual.

Con este nuevo sistema se pretende evitar el coste financiero que representaba el diferimiento en la percepción de las devoluciones, especialmente en aquellos períodos de declaración en los que se habían realizado fuertes inversiones o bien cuando se tiene la intención de comenzar el ejercicio de una actividad empresarial o profesional.

El nuevo régimen de devolución mensual se abre a la gran mayoría de los sujetos pasivos que deban tributar por el IVA, con independencia de la naturaleza de sus operaciones y del volumen de éstas (desaparece el límite que solamente permitía este sistema de devolución a las empresas exportadoras), y muy especialmente a los empresarios o profesionales que se conviertan en tales en la medida en que adquieran bienes o servicios con la intención de destinarlos al ejercicio de una actividad empresarial o profesional.

Para poder ejercitar el derecho a la devolución mensual, los sujetos pasivos deberán estar inscritos en un “registro de devolución mensual”. Su entrada se articula a través de una Declaración Censal específica salvo para los sujetos pasivos que estuvieran inscritos en el registro de exportadores y otros operadores, para los cuales la norma prevé su inclusión automática.

Este registro es plenamente compatible con las entidades que tributen conforme al régimen especial del grupo de entidades, designándose en este caso a la entidad dominante como la competente para solicitar el alta, de acuerdo con el carácter de representante del grupo.

Para acceder a la devolución mensual del IVA será imprescindible:
  • Inscripción en el Registro de devolución mensual: modelo 036 "Declaración Censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores" (marcando la casilla 129) o modelo 039 "Comunicación de datos relativa al régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto sobre el valor Añadido" (casilla 12). No será necesaria la inscripción para los ya inscritos en el registro de exportadores y otros operadores económicos.
  • Presentación telemática de las autoliquidaciones mensuales del IVA (modelo 303 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Autoliquidación").
  • Presentación mensual del modelo 340 "Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro".
Enlaces de utilidad (Agencia Tributaria):

miércoles, 6 de mayo de 2009

IVA e Intenet: una excelente relación.

La presentación de declaraciones de IVA por internet (presentación telemática) mantiene su crecimiento como podemos observar en la estadística adjunta que hoy ha presentado la Agencia Tributaria.

Actualización de Estadísticas de uso de la Oficina Virtual. Declaraciones presentadas por internet. Situación a 04/05/2009.
No obstante, las declaraciones de los nuevos modelos 303 y 340, incorporados en el año 2009, nos parecen muy pocos considerando que los correspondientes al primer trimestre (20 abril, plazo máximo, ya están computados).

Resulta conveniente esperar los datos de los próximos trimestres para analizar la incidencia de los problemas que se generaron en la presentación del modelo 303 del primer trimestre.

sábado, 4 de abril de 2009

Las declaraciones de IVA (abril 2009): El modelo 303.


El borrador del modelo 303 permite obtener un PDF de la declaración sin necesidad de contar con certificado electrónico. Si el borrador es a ingresar, una vez impreso y firmado manualmente, se paga y se presenta en la entidad financiera; en caso contrario se presenta en una dependencia de la AEAT.

Modelo 303


Avisos sobre el borrador del 303 en PDF:

  • En caso necesario modifique las opciones de impresión del PDF para que se imprima en una hoja, e imprímalo 2 veces para que disponga de un ejemplar para la entidad colaboradora/administración y otra para el titular.
  • Para confirmar el borrador en PDF para la efectiva presentación de la autoliquidación lo debe firmar y entregar en la entidad financiera colaboradora si es a ingresar, si es a compensar se presentará en las dependencias de la AEAT.
  •  
  • Las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada, es decir, aquellas cuyo NIF empiece por A o B deben realizar la presentación telemática de su declaración obligatoriamente con certificado electrónico, por lo que el borrador del 303 es sólo para pruebas.
Fuente: AEAT