sábado, 18 de abril de 2009

Comunicación telefónica de errores en la declaración del IRPF.

El Consejo de Ministros (17/4)  ha aprobado  medidas para la reducción de las cargas administrativas que soportan los ciudadanos y las empresas.
 
El Plan de Acción para la Reducción de Cargas Administrativas, aprobado por el Consejo de Ministros el 20 de junio de 2008, precisaba las acciones y el calendario que debería desarrollar España para cumplir con los objetivos de la Estrategia renovada de Lisboa. Este Plan fijó como objetivo prioritario la reducción antes del año 2012 del 30 por 100 de las cargas administrativas que soportan los trabajadores autónomos y las empresas en su relación con la administración, es decir, un 5 por 100 más que el objetivo fijado por la Unión Europea.El Acuerdo que hoy se aprueba, el tercero, tiene por objeto la adopción de 78 nuevas medidas que afectan a un total de diez Ministerios, que se suman a las 81 aprobadas en Acuerdos anteriores.

Estas medidas contemplan en su mayoría actuaciones que reducirán los plazos de tramitación de expedientes, la exención de cumplir un importante número de trámites que hasta ahora se exigían, la simplificación de los tipos y modelos de los documentos administrativos, y, finalmente, la tramitación electrónica cuando no sea posible la mera eliminación de los trámites. Desde el punto de vista de las materias a que afectan, en este tercer acuerdo se adoptan medidas de índole muy variada, que afectan entre otras, al empleo público, la información catastral, el fomento de la I+D -facilitando el registro de nuevas patentes y marcas- o la simplificación del acceso a las prestaciones de carácter laboral.

En particular, en lo que se refiere a la declaración renta destaca que:
En el ámbito tributario, para la solución de pequeñas discrepancias en la declaración por el IRPF los errores se comunicarían telefónicamente a los contribuyentes, que pueden proceder a rectificar la declaración si están de acuerdo, sin necesidad de realizar liquidación provisional alguna.
Fuentes de la Agencia Tributaria indican que desde el año 2000 y en casos muy concretos ya se están llevando a cabo contactos de este tipo con "muy buenos resultados, por lo que ahora se ha apostado por extenderlo. 
Además, precisan que este nuevo procedimiento no implicará en ningún caso merma alguna de garantías, ya que si el contribuyente no está conforme con la utilización de esta vía, la Agencia Tributaria iniciará el correspondiente procedimiento de verificación de datos para, una vez instruido el expediente, practicar, si procede, la liquidación provisional. 

La Agencia Tributaria no es ajena al uso de las nuevas tecnologías de la comunicación en sus relaciones con el contribuyente y, de hecho, muchas declaraciones de impuestos ya sólo pueden presentarse por vía telemática, opción que se ofrece también en otro gran número de figuras impositivas. 

Además de Internet, Hacienda ofrece también la posibilidad a los contribuyentes de confirmar mediante un mensaje de móvil SMS el borrador de la renta.

0 comentarios:

Tu comentario será moderado la primera vez que lo hagas al igual que si incluyes enlaces. A partir de ahi no ser necesario si usas los mismos datos y mantienes la cordura. No se publicarán insultos, difamaciones o faltas de respeto hacia los lectores y comentaristas de este blog.